Ayudas a la rehabilitación: IDAE
Habréis visto en las últimas semanas un anuncio en televisión donde Antonio Resines nos habla de las bondades de la eficiencia energética, se trata de una campaña del ministerio de industria, energía y turismo, donde nos presentan una serie de ayudas para la rehabilitación de edificios; aunque abarca otros muchos más ámbitos, nosotros lo vemos como un incentivo para la construcción.

Ayudas a la eficiencia energética
AYUDAS A LA REHABILITACION DE EDIFICIOS.-
Su transcripción literal de las líneas de actuación en proyectos de ahorro y eficiencia energética es la siguiente:
Rehabilitación Energética de Edificios (Programa PAREER-CRECE)
«Modificación del actual Programa de Ayudas para la Rehabilitación Energética de Edificios Existentes (Programa PAREER) para aumentar su presupuesto y ampliar el alcance del mismo a todos los edificios, cualquiera que sea su uso, de manera que se convierta en un motor de nuevas actuaciones integrales de mejora de la eficiencia energética mediante reformas de la envolvente térmica y de las instalaciones consumidoras de energía, así como por el uso de tecnologías renovables térmicas.
El presupuesto correspondiente a la ampliación es de 75 millones de euros procedentes de los Presupuestos Generales del Estado de 2015 (Plan CRECE), que se sumarán a los fondos iniciales del Programa PAREER, que contaba con 125 millones de euros.
De manera adicional, el nuevo programa de ayudas para la rehabilitación energética de edificios (PAREER-CRECE) permitirá generar nuevos ahorros que se sumarán a los anteriores, con un importante efecto de arrastre sobre todos los sectores de la economía española.”
Son ayudas que contemplan medidas de rehabilitación integral de envolvente e instalaciones de edificios ya existentes. Se deberá cumplir con unos requisitos técnicos mínimos de eficiencia energética, no se podrán haber iniciado las actuaciones antes del 2 de octubre de 2013 ni haberse pagado antes de la solicitud de la ayuda, la cual tendrá un plazo de presentación del 6 de mayo de 2015 al 31 de diciembre de 2016, siempre y cuando no se hayan agotado antes los fondos.
La obra sobre la que se solicita la ayuda deberá ser superior a 30.000,00 € e inferior a 4.000.000,00 € y los edificios deberán estar construidos antes del 2014.
Los beneficiarios pueden ser personas físicas y jurídicas de naturaleza privada o pública, comunidades, propietarios de forma agrupada; empresas de servicios energéticos y las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarios de edificios.
Las tipologías de actuación son cuatro
Dentro de la eficiencia energética tenemos dos:
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TIPO 1-Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica
(renovación de ventanas; de fachadas, tejados, reforma de cubiertas, forjados de voladizo)
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TIPO 2- Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación
(sustitución de caldera por otra de mejor rendimiento, sustitución de lámparas convencionales por otros led.)
Dentro de las energías renovables también existen dos:
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TIPO 3- Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas (sustitución de combustibles tradicionales por biomasa.)
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TIPO 4- Sustitución de energía convencional por energía geotérmica en las instalaciones térmicas
(aprovechar la energía que nos proporciona el terreno para producir agua caliente.)
Los costes subvencionables son:
- Honorarios profesionales satisfechos para la elaboración, por el técnico competente, del certificado de eficiencia energética.
- El coste de gestión de la ayuda.
- El coste de la redacción de los proyectos técnicos.
- Los costes de la dirección facultativa de las obras.
- Los costes de ejecución de las obras e instalaciones.
- La inversión en equipos.
- Los costes de ejecución de la instalación, obra civil asociada e instalaciones auxiliares necesarias.
- Los costes de redacción del informe que acredite la adecuada realización de las actuaciones objeto de la ayuda concedida.
Si queréis mas información os dejamos ente link donde podeis encontrar toda la información.
http://www.idae.es/uploads/documentos/documentos_pareer_crece_b9158361.pdf